Hemos recibido varios correos preguntándome por el famoso art
19 del nuevo convenio, este articulo en especial sera uno de los más
utilizados por el empresario, para poder controlar más al trabajador.
Art 19. Integridad de la recaudación
El trabajador está obligado a la entrega diaria de la recaudación obtenida, sin deducción de clase alguna. Podrá pactarse, mediando mutuo acuerdo, que la remuneracion al trabajador pueda ser diaria o semanal.
La empresa podrá determinar que la retribución sea mensual cuando
existan embargos judiciales, de la agencia tributaria o de la tesorería
general de la seguridad social o retenciones fiscales . El incumplimiento de la entrega de la recaudación integra se considerara transgresión muy graves del trabajador
Lo primero que tenemos que saber es lo siguiente: Los/as condutores/as guardarán copia del justifican te o duplicado del parte diario de la recaudación. Compañeros esto es básico para poder justificar
nuestro trabajo, así como las horas trabajadas, este documento junto
con la entrega del dinero tendrá que ser firmando por la empresa
como recibí.
Según el Art
36 del estatuto nacional que habla de la liquidacion y forma de pago.
Que manteniendo las costumbre establecida en el sector, las empresas al
recibir la recaudación, según los correspondientes partes entregara a
el/la trabajador/a los conceptos de salario, incentivos y demás
complementos salariales, debiendo ser consideradas tales entregas como a
cuenta de la liquidacion definitiva de final de mes.
Es
decir por tradicion y no solo en Barcelona si no en todo el territorio
nacional en el resto de Europa, al final de la jornada se reparte según
los porcentajes estipulados, no a venir ahora, a cambiar lo adquirido y
lo tradicional.
Otra cosa
es si hay algún tipo de embargo por parte de las administraciones
publicas y solo nos podrán retener la parte que este marcada por ley,
teniendo el empresario la obligacion de entregar al trabajador los
justificantes de ingreso.
Sabemos
que algunos empresarios descuentan lo que el banco le cobra por la
maquina de las visas de credito, eso es totalmente ilegal así como
cobrar las averías de los coches.
Es
obligado por parte de la empresa que cualquier notificacion o orden sean
por escrito, nunca de palabra dichas ordenes tienen que ir firmadas y
con fecha, como estipula el estatuto de los trabajadores.
SALUD Y TRABAJO
"SI PUEDE PERO TODOS JUNTOS"
No hay comentarios:
Publicar un comentario